jueves, 4 de febrero de 2016

La Renta Mínima de Inserción pasará de 375,55 a 400 euros en 2016

Agencia EFE La cuantía mínima de la Renta Mínima de Inserción (RMI) pasará el año que viene de 375,55 a 400 euros, después de que se haya aprobado hoy por unanimidad en la comisión de presupuestos de la Asamblea de Madrid una enmienda transaccional presentada por PSOE, Podemos y Ciudadanos. Además, el tope máximo de la RMI se elevará hasta el salario mínimo interprofesional, establecido en 648,60 euros. Así se ha acordado en la comisión de presupuestos, economía, empleo y hacienda en la que se han debatido y votado las enmiendas parciales a las secciones de Transportes, vivienda e infraestructuras; el estado de ingresos, el texto articulado y el preámbulo del proyecto de ley de presupuestos de 2016. En la actualidad, la cuantía de la RMI se establece en función del número de miembros de la unidad familiar, y abarca en la actualidad desde 375,55 euros para una sola persona, hasta un tope de 532,51 euros para familias de tres o más miembros. Desde que la Comunidad de Madrid creó este recurso en 2002, han percibido esta prestación más de 45.000 familias. Para recibir esta renta en la región se debe carecer de ingresos económicos que cubran las necesidades básicas, residir en la Comunidad y estar empadronado en alguno de sus municipios. Según una noticia publicada en la pagina web de INVERSIÓN E FINANZAS.ES, la famosa renta mínima de inserción,mas conocida como REMI, subirá apartir de este año, pasando de los actuales 375,55€ mensuales que se perciben hasta ahora pasara hasta los 400€ mensuales para por preceptor, hasta un tope máximo de 532,51€ de tres o mas miembros. Aunque la subida no sea para tirar tiros, ya que supone una subida de un 15,36% o lo que es lo mismo unos 24,45€ mensuales, ya supone un mínimo respiro y aun sigue siendo insuficiente dicha subida, ya que poco se puede hacer con poco más de 24€ mensuales los cuales resultan todavía insuficientes para que una persona pueda subsistir dignamente. Lo que no cuenta esta noticia es desde cuando va a ser efectiva dicha subida y si sera con carácter retro activa o por lo contrario solo se empezara a pagar dicha subida cuando se producida sin dicho carácter retro activo o lo que es lo mismo no percibiendo los preceptores los atrasos correspondientes a dicha medida.

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